por Alberto Pinzón Sánchez
… “Magdalena, Diciembre 18 de 1928.
Decreto Nº 4.
Por el cual se declara cuadrilla de malhechores a los revoltosos de la Zona Bananera.
El jefe civil y militar de la Provincia de Santa Marta en uso de sus facultades legales y considerando:
Que se sabe que los huelguistas amotinados están cometiendo toda clase de atropellos; que han incendiado varios edificios de nacionales y extranjeros, que han saqueado, que han cortado las comunicaciones telegráficas y telefónicas; que han destruido líneas férreas, que han atacado a mano armada a ciudadanos pacíficos; que han cometido asesinatos, que por sus características demuestran un pavoroso estado de ánimo, muy conforme con las doctrinas comunistas y anarquistas, que tanto de palabra en arengas, conferencias y discursos como por la prensa en el “Diario de Córdoba” y en hojas volantes, han propalado los dirigentes de este movimiento que en un principio fue considerado como huelga de trabajadores pacíficos; que es un deber de la autoridad legítimamente constituida dar garantías a los ciudadanos tanto nacionales como extranjeros, y restablecer el imperio del orden adoptando todas las medidas que el derecho de gentes y la Ley marcial contemplan.
Decreta:
Artículo 1º – Declárase cuadrilla de malhechores a los revoltosos, incendiarios, y asesinos que pululan en la actualidad en la zona bananera.
Articulo 2º -Los dirigentes, azuzadores, cómplices, auxiliadores, y encubridores deben ser perseguidos y reducidos a prisión para exigirles la responsabilidad del caso.
Articulo3º-Los hombres de la Fuerza Pública quedan facultados para castigar por las armas a aquellos que se sorprenda en infraganti delito de incendio, saqueo, y ataque a mano armada y en una palabra son los encargados de cumplir este Decreto.
El Jefe civil y militar de la provincia de Santa Marta.
General Carlos Cortés Vargas
Secretario Mayor Enrique García Isaza”. (1)
No cabe duda que Álvaro Cepeda Samudio tenía una claridad ideológica madura cuando decidió escribir su novela la Casa Grande. Y cuando colocó deliberadamente en la mitad de la obra el citado decreto, conservando la integridad del texto pero alterando la fecha y el lugar de su expedición (6 de diciembre, no 18; en Ciénaga, no Magdalena). Continuar leyendo «Reseña: La Casa Grande, de Álvaro Cepeda Samudio»